Reconocimiento Inicial

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Una transacción en moneda extranjera es toda transacción cuyo importe se denomina, o exige su liquidación, en una moneda extranjera, entre las que se incluyen aquéllas en que la entidad:

  1. compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera;
  2. presta o toma prestados fondos, si los importes correspondientes se establecen a cobrar o pagar en una moneda extranjera; 0
  3. adquiere o dispone de activos, o bien incurre o liquida pasivos, siempre que estas operaciones se hayan denominado en moneda extranjera.
Análisis

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21

Toda transacción en moneda extranjera se registrará, en el momento de su reconocimiento inicial, utilizando la moneda funcional, mediante la aplicación al importe en moneda extranjera, de la tasa de cambio de contado a la fecha de la transacción entre la moneda funcional y la moneda extranjera [Referencia: párrafo 22].

Análisis

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22

La fecha de una transacción es la fecha en la cual dicha transacción cumple las condiciones para su reconocimiento, de acuerdo con las NIIF. [Nota: La CINIIF 22 aborda la tasa de cambio para usar en transacciones en las que una entidad ha recibido contraprestaciones por anticipado en una moneda extranjera] Por razones de orden práctico, se utiliza a menudo un tasa de cambio aproximado al existente en el momento de realizar la transacción, por ejemplo, puede utilizarse el correspondiente tipo promedio semanal o mensual, para todas las transacciones que tengan lugar en ese intervalo de tiempo, en cada una de las clases de moneda extranjera usadas por la entidad. Sin embargo, cuando las tasas de cambio varían de forma significativa, resultará inadecuado el uso de la tasa promedio del periodo.

Análisis

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