Desarrollo de las definiciones

Moneda funcional

[Referencia: párrafo 8,  párrafos FC4 a FC9, Fundamentos de las Conclusiones]

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El entorno económico principal en el que opera la entidad es, normalmente, aquél en el que ésta genera y emplea el efectivo. Para determinar su moneda funcional, la entidad considerará los siguientes factores:

  1. La moneda:
    1. que influya fundamentalmente en los precios de venta de los bienes y servicios (con frecuencia será la moneda en la cual se denominen y liquiden los precios de venta de sus bienes y servicios); y
    2. del país cuyas fuerzas competitivas y regulaciones determinen fundamentalmente los precios de venta de sus bienes y servicios.
  2. La moneda que influya fundamentalmente en los costos de la mano de obra, de los materiales y de otros costos de producir los bienes o suministrar los servicios (con frecuencia será la moneda en la cual se denominen y liquiden tales costos).
Análisis

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Los siguientes factores también pueden suministrar evidencia acerca de la moneda funcional de una entidad:

  1. la moneda en la cual se generan los fondos de las actividades de financiación (esto es, la que corresponde a los instrumentos de deuda y patrimonio emitidos).
  2. la moneda en que se mantienen los importes cobrados por las actividades de operación.

Análisis

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11

Se considerarán, además, los siguientes factores al determinar la moneda funcional de un negocio en el extranjero, así como al decidir si esta moneda funcional es la misma que la correspondiente a la entidad que informa (en este contexto, la entidad que informa es la que tiene al negocio en el extranjero como subsidiaria, sucursal, asociada o acuerdo conjunto):

  1. Si las actividades del negocio en el extranjero se llevan a cabo como una extensión de la entidad que informa, en lugar de hacerlo con un grado significativo de autonomía. Un ejemplo de la primera situación descrita es cuando el negocio en el extranjero sólo vende bienes importados de la entidad que informa, y remite a la misma los importes obtenidos. Un ejemplo de la segunda situación descrita se produce cuando el negocio acumula efectivo y otras partidas monetarias, incurre en gastos, genera ingresos y toma préstamos utilizando, sustancialmente, su moneda local.

  2. Si las transacciones con la entidad que informa constituyen una proporción alta o baja de las actividades del negocio en el extranjero.

  3. Si los flujos de efectivo de las actividades del negocio en el extranjero afectan directamente a los flujos de efectivo de la entidad que informa, y están disponibles para ser remitidos a la misma.

  4. Si los flujos de efectivo de las actividades del negocio en el extranjero son suficientes para atender las obligaciones por deudas actuales y esperadas, en el curso normal de la actividad, sin que la entidad que informa deba poner fondos a su disposición.

Análisis

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12

Cuando los indicadores descritos arriba sean contradictorios, y no resulte obvio cuál es la moneda funcional, la gerencia empleará su juicio para determinar la moneda funcional que más fielmente represente [Referencia: Marco Conceptual párrafos 2.12 y 2.13] los efectos económicos de las transacciones, sucesos y condiciones subyacentes.E1 Como parte de este proceso, la gerencia concederá prioridad a los indicadores fundamentales del párrafo 9, antes de tomar en consideración los indicadores de los párrafos 10 y 11, que han sido diseñados para suministrar evidencia adicional que apoye la determinación de la moneda funcional de la entidad.

E1

[IFRIC® Update, marzo de 2010, Decisión de Agenda, “NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera—Determinación de la moneda funcional de una entidad controladora de inversión”

El CINIIF recibió una solicitud de guías sobre si debe considerarse el entorno económico subyacente de las subsidiarias para determinar, es sus estados financieros separados la moneda funcional de una entidad controladora de inversión.

Los párrafos 9 a 11 de la NIC 21 proporcionan factores a considerar para determinar la moneda funcional de una entidad. El párrafo 12 señala que cuando los “indicadores descritos arriba sean contradictorios, y no resulte obvio cuál es la moneda funcional, la gerencia empleará su juicio para determinar la moneda funcional que más fielmente represente los efectos económicos de las transacciones, sucesos y condiciones subyacentes”. Además, el párrafo 17 de la NIC 21 requiere que una entidad determine su moneda funcional de acuerdo con los párrafo 9 a 14 de la norma. Por ello, el párrafo 9 no debe considerarse de forma aislada al determinar la moneda funcional de una entidad.

Por consiguiente, la forma en que una entidad aplica la NIC 21 a efectos de determinar su moneda funcional—si es una entidad controladora de inversión o cualquier otro tipo de entidad—requiere del ejercicio de juicio profesional. La NIC 1 Presentación de Estados Financieros requiere información a revelar de las políticas contables y juicios significativos que sean relevantes para una comprensión de los estados financieros.

Además, El CINIIF destacó que cualquier guía que pudiera proporcionar sería en calidad de guía de aplicación en lugar de como una interpretación. Por ello, el CINIIF decidió no añadir esta cuestión a su agenda.]

Análisis

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13

La moneda funcional de la entidad reflejará las transacciones, sucesos y condiciones que subyacen y son relevantes para la misma. Por consiguiente, una vez escogida la moneda funcional, no se cambiará a menos que se produzca un cambio en tales transacciones, sucesos o condiciones.

Análisis

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14

Si la moneda funcional es la moneda de una economía hiperinflacionaria, [Referencia: párrafo 3, NIC 29] los estados financieros de la entidad serán reexpresados de acuerdo con la NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias. La entidad no podrá evitar la reexpresión de acuerdo con la NIC 29, por ejemplo, adoptando como moneda funcional una moneda diferente de la que hubiera determinado aplicando esta Norma (tal como la moneda funcional de su controladora).

Análisis

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Inversión neta en un negocio en el extranjero 

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Una entidad puede tener una partida monetaria que ha de cobrar o pagar al negocio en el extranjero. Si la liquidación de esa partida no está contemplada, ni es probable que se produzca, en un futuro previsible, la partida es, en esencia, una parte de la inversión neta de la entidad en ese negocio en el extranjero, y se contabilizará de acuerdo con los párrafos 32 y 33. Entre estas partidas monetarias pueden estar incluidos préstamos o partidas a cobrar a largo plazo. No se incluyen las cuentas de deudores o acreedores comerciales.

Análisis

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15A

Una entidad que tiene una partida monetaria por cobrar o por pagar a un negocio en el extranjero descrito en el párrafo 15 puede ser cualquier subsidiaria del grupo. Por ejemplo, una entidad tiene dos subsidiarias, A y B. La Subsidiaria B es un negocio en el extranjero. La Subsidiaria A concede un préstamo a la Subsidiaria B. El préstamo por cobrar por A de la Subsidiaria B sería parte de la inversión neta de la entidad en la Subsidiaria B si el pago del préstamo no estuviera planeado ni fuese probable que ocurriera en el futuro previsible. Esto también sería cierto si la Subsidiaria A fuera en sí misma un negocio en el extranjero.
[Referencia: párrafos FC25A a FC25F, Fundamentos de las Conclusiones]

Análisis

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Partidas monetarias

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La característica esencial de una partida monetaria es el derecho a recibir (o la obligación de entregar) una cantidad fija o determinable de unidades monetarias. Entre los ejemplos se incluyen: pensiones y otros beneficios a empleados que se pagan en efectivo; provisiones que se liquidan en efectivo; y dividendos en efectivo que se hayan reconocido como pasivos. Asimismo, serán partidas monetarias los contratos para recibir (o entregar) un número variable de instrumentos de patrimonio propios de la entidad o una cantidad variable de activos, en los cuales el valor razonable a recibir (o entregar) por ese contrato sea igual a una suma fija o determinable de unidades monetarias. Por el contrario, la característica esencial de una partida no monetaria es la ausencia de un derecho a recibir (o una obligación de entregar) una cantidad fija o determinable de unidades monetarias. Entre los ejemplos se incluyen: importes pagados por anticipado de bienes y servicios; la plusvalía; activos intangibles; inventarios; propiedades, planta y equipo; activos por derecho de uso [Referencia: Apéndice A (definición de activo por derecho de uso), NIIF 16]; así como los provisiones que se liquidan mediante la entrega de un activo no monetario.

Análisis

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