Algunas entidades operan, interna o externamente, un fondo de inversión que proporciona inversiones con ganancias determinadas por unidades en el fondo. Análogamente, algunas entidades emiten grupos de contratos de seguro con componentes de participación directa y mantienen los elementos subyacentes. Algunos de estos fondos o elementos subyacentes incluyen propiedades ocupadas por el propietario. Una entidad aplicará la NIC 16 a las propiedades ocupadas por el propietario que están incluidas en este fondo o son elementos subyacentes. A pesar del párrafo 29, la entidad puede optar por medir estas propiedades usando el modelo del valor razonable de acuerdo con la NIC 40. A efectos de esta elección, los contratos del seguro incluyen contratos de inversión con componentes de participación discrecional. (Véase la NIIF 17 Contratos de Seguro para los términos usados en este párrafo que están definidos en esa Norma).
[Referencia: párrafo FC33H, Fundamentos de las Conclusiones]