Baja en Cuentas

67

El importe en libros de un elemento de propiedades, planta y equipo se dará de baja en cuentas:

  1. por su disposición; o

  2. cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su uso o disposición.

Análisis

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68

La pérdida o ganancia surgida al dar de baja un elemento de propiedades, planta y equipo se incluirá en el resultado del periodo cuando la partida sea dada de baja en cuentas (a menos que la NIIF 16 Arrendamientos establezca otra cosa, en caso de una venta con arrendamiento financiero posterior [Enlace a los párrafos 98 a 103, NIIF 16]). Las ganancias no se clasificarán como ingresos de actividades ordinarias.

[Referencia: párrafo FC35, Fundamentos de las Conclusiones]

Análisis

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68A

Sin embargo, una entidad que, en el curso de sus actividades ordinarias, venda rutinariamente elementos de propiedades, planta y equipo que se mantenían para arrendar a terceros, transferirá esos activos a los inventarios por su importe en libros cuando dejen de ser arrendados y se clasifiquen como mantenidos para la venta. El importe obtenido por la venta de esos activos se reconocerá como ingreso de actividades ordinarias de acuerdo con la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes. La NIIF 5 no será de aplicación cuando los activos que se mantienen para la venta en el curso ordinario de la actividad se transfieran a inventarios.

[Referencia: párrafos FC35A a FC35D y FC35F, Fundamentos de las Conclusiones]

Análisis

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69

La disposición de un elemento de propiedades, planta y equipo puede llevarse a cabo de diversas maneras (por ejemplo, mediante la venta, realizando sobre la misma un contrato de arrendamiento financiero [Referencia: Apéndice A (definición de arrendamiento financiero), NIIF 16] o por donación). La fecha de disposición de una partida de propiedades, planta y equipo es la fecha en que el receptor obtiene el control de esa partida de acuerdo con los requerimientos para determinar cuándo se satisface en la NIIF 15 una obligación de rendimiento. [Referencia: párrafo 31, NIIF 15] La NIIF 16 se aplicará a las disposiciones por una venta con arrendamiento posterior. [Referencia: párrafos 98 a 103, NIIF 16]

[Referencia: párrafo FC34, Fundamentos de las Conclusiones]

Análisis

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70

Si, de acuerdo con el principio de reconocimiento del párrafo 7, la entidad reconociera dentro del importe en libros de un elemento de propiedades, planta y equipo el costo derivado de la sustitución de una parte del elemento, entonces dará de baja el importe en libros de la parte sustituida, con independencia de si esta parte se hubiera amortizado de forma separada. Si no fuera practicable para la entidad determinar el importe en libros del elemento sustituido, podrá utilizar el costo de la sustitución como indicativo de cuál era el costo del elemento sustituido en el momento en el que fue adquirido o construido.

Análisis

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71

La pérdida o ganancia derivada de la baja en cuentas de un elemento de propiedades, planta y equipo se determinará como la diferencia entre el importe neto que, en su caso, se obtenga por la disposición, y el importe en libros del elemento.

Análisis

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72

El importe de la contraprestación a incluir en la ganancia o pérdida que surge de la baja en cuentas de una partida de propiedades, planta y equipo se determina de acuerdo con los requerimientos para determinar el precio de la transacción de los párrafos 47 a 72 de la NIIF 15. Los cambios posteriores al importe estimado de la contraprestación incluida en la ganancia o pérdida se contabilizarán de acuerdo con los requerimientos para cambios en el precio de
la transacción de la NIIF 15. [Referencia: párrafos 87 a 90, NIIF 15]

Análisis

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