Definiciones

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Los siguientes términos se usan en esta Norma con los significados que a continuación se especifican:
Una planta productora es una planta viva que:

    1. se utiliza en la elaboración o suministro de productos agrícolas;
    2. se espera que produzca durante más de un periodo; y
    3. tiene una probabilidad remota de ser vendida como productos agrícolas, excepto por ventas incidentales de raleos y podas.
      (Los párrafos 5A y 5B de la NIC 41 se elaboran a partir de esta definición de una planta productora.)
      [Referencia adicional: párrafos FC48 a FC62, Fundamentos de las Conclusiones]

Importe en libros es el importe por el que se reconoce un activo, una vez deducidas la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas. [Referencia: párrafo 28 (sobre subvenciones del gobierno)]

Costo [Referencia: párrafos 7 a 28] es el importe de efectivo o equivalentes al efectivo pagados, o bien el valor razonable de la contraprestación entregada, para adquirir un activo en el momento de su adquisición o construcción o, cuando fuere aplicable, el importe que se atribuye a ese activo cuando se lo reconoce inicialmente de acuerdo con los requerimientos específicos de otras NIIF, por ejemplo, la NIIF 2 Pagos Basados en Acciones.

Importe depreciable [Referencia: párrafo 50] es el costo de un activo, u otro importe que lo haya sustituido, menos su valor residual.

Depreciación [Referencia: párrafos 43 a 49] es la distribución sistemática del importe depreciable de un activo a lo largo de su vida útil.
Valor específico para una entidad [Referencia: párrafo 25] es el valor presente de los flujos de efectivo que la entidad espera obtener del uso continuado de un activo y de su disposición al término de su vida útil, o bien de los desembolsos que espera realizar para cancelar un pasivo.
Valor razonable es el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de mercado en la fecha de la medición. (Véase la NIIF 13 Medición del Valor Razonable.)
Una pérdida por deterioro [Referencia: párrafo 63] es el exceso del importe en
libros de un activo sobre su importe recuperable.

Las propiedades, planta y equipo son activos tangibles que:E1

  1. se poseen para ser utilizados en la producción y suministro de bienes y servicios, para ser arrendados a terceros o para funciones relacionadas con la administración de la entidad; y
  2. se espera utilizar durante más de un periodo.

Importe recuperable es el mayor entre el valor razonable de un activo menos los costos de disposición y su valor en uso. [Referencia: NIC 36]

El valor residual [Referencia: párrafos 51 a 54] de un activo es el importe estimado que la entidad podría obtener de un activo por su disposición, después de haber deducido los costos estimados para su disposición, si el activo tuviera ya la edad y condición esperadas al término de su vida útil.
[Referencia: párrafo FC29, Fundamentos de las Conclusiones]

Vida útil [Referencia: párrafos 50, 51 y 55 a 59] es:

  1. el periodo durante el cual se espera que la entidad utilice el activo; o
  2. el número de unidades de producción o similares que se espera obtener del mismo por parte de una entidad.

E1

[IFRIC® Update, noviembre de 2014, Decisión de Agenda, “NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo y NIC 2 Inventarios—Contabilización de los inventarios básicos”. El Comité de Interpretaciones recibió una solicitud de aclarar la contabilización de los “inventarios básicos”. Quien envió la solicitud definió inventarios básicos como un importe mínimo de material que:
  1. es necesario para permitir que una instalación de producción comience a operar y para mantener la producción posterior;
  2. no pueden separarse físicamente de otros inventarios; y
  3. pueden eliminarse solo cuando la instalación de producción se retira del servicio finalmente o con un costo financiero considerable.
La cuestión es si los inventarios básicos deben contabilizarse según la NIC 16 o la NIC 2. El Comité de Interpretaciones analizó la cuestión en su reunión de marzo de 2014 y provisionalmente decidió desarrollar una Interpretación. El Comité de Interpretaciones adicionalmente se dirigió al personal técnico para definir el alcance de lo que se considera que son inventarios básicos y analizar la aplicabilidad del concepto a un rango de sectores industriales. En su reunión de julio de 2014 el Comité de Interpretaciones analizó la información recibida de consultas informales con los miembros del IASB, el alcance propuesto de los inventarios básicos y el análisis del personal técnico de la aplicabilidad de la cuestión a un rango de sectores industriales. El Comité de Interpretaciones observó que, lo que podrían constituir los inventarios básicos y cómo se contabilizan, puede variar entre sectores industriales. El Comité de Interpretaciones destacó que pudiera ser necesario un juicio profesional significativo para determinar la contabilización apropiada. Por ello, podría, ser necesario revelar información sobre estos juicios de acuerdo con el párrafo 122 de la NIC 1 Presentación de Estados Financieros. El Comité de Interpretaciones destacó que no tenía evidencia clara de que las diferencias en la contabilización fueran causadas por diferencias en la forma en que estaban siendo aplicadas las NIC 2 y NIC 16. En ausencia de esta evidencia, el Comité de Interpretaciones decidió eliminar este elemento de su agenda.]
Análisis

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