CAPÍTULO 1: EL OBJETIVO DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA CON PROPÓSITO GENERAL - [Referencia: párrafos FC1.1 a FC1.48, Fundamentos de las Conclusiones]
CAPÍTULO 2: CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA ÚTIL - [REFERENCIA: PÁRRAFOS FC2.1 A FC2.74, FUNDAMENTOS DE LAS CONCLUSIONES]
CAPÍTULO 3: ESTADOS FINANCIEROS Y LA ENTIDAD QUE INFORMA - [Referencia: párrafos FC3.1 a FC3.26, Fundamentos de las Conclusiones]
CAPÍTULO 4: LOS ELEMENTOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS - [Referencia: párrafos FC4.1 a FC4.97, Fundamentos de las Conclusiones]
CAPÍTULO 5: RECONOCIMIENTO Y BAJA EN CUENTAS - [Referencia: párrafos FC5.1 a FC5.30, Fundamentos de las Conclusiones]
CAPÍTULO 6: MEDICIÓN - [REFERENCIA: PÁRRAFOS FC6.1 A FC6.55, FUNDAMENTOS DE LAS CONCLUSIONES]
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Transferencia de un Recurso económico

[Referencia: párrafos FC4.62 y FC4.63, Fundamentos de las Conclusiones]

4.36

El segundo criterio para un pasivo es que la obligación sea la transferencia de un recurso económico.

Análisis

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4.37

Para satisfacer este criterio, la obligación debe tener el potencial de requerir que la entidad transfiera un recurso económico a un tercero (o a varios terceros). Para que exista ese potencial, no se necesita que sea cierto, ni siquiera probable, que se vaya a requerir que la entidad transfiera un recurso económico— se puede requerir, por ejemplo, la transferencia solo si ocurre un determinado suceso futuro incierto. Solo es necesario que la obligación exista ya y que, en, al menos, una circunstancia, se requiera que la entidad transfiera un recurso económico.

Análisis

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4.38

Una obligación puede cumplir la definición de un pasivo incluso si la probabilidad de transferir un recurso económico es baja. No obstante, esa baja probabilidad puede afectar decisiones sobre qué información proporcionar sobre el pasivo y cómo facilitarla, incluyendo decisiones sobre si se reconoce el pasivo (véanse los párrafos 5.15 a 5.17), y cómo medirlo.

Análisis

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4.39

Las obligaciones de transferir un recurso económico incluyen, por ejemplo:
  1. Obligaciones de pagar efectivo.
  2. Obligaciones de entregar bienes o prestar servicios.
  3. Obligaciones a intercambiar recursos económicos con terceros en condiciones desfavorables. Estas obligaciones incluyen, por ejemplo, un contrato a término para vender un recurso económico en condiciones que son actualmente desfavorables, o una opción que da derecho a un tercero a comprar un recurso económico de la entidad.
  4. Obligaciones de transferir un recurso económico si ocurre un determinado suceso futuro incierto.
  5. Obligaciones de emitir un instrumento financiero que obligará a la entidad a transferir un recurso económico.
Análisis

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4.40

En lugar de satisfacer una obligación de transferir un recurso económico al tercero que tiene el derecho de recibir ese recurso, las entidades, en ocasiones, deciden, por ejemplo:
  1. liquidar la obligación negociando su liberación;
  2. transferir la obligación a un tercero; o
  3. sustituir esa obligación de transferir un recurso económico por otra obligación, realizando una nueva transacción.
Análisis

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4.41

En las situaciones descritas en el párrafo 4.40, una entidad tiene la obligación de transferir un recurso económico hasta que se ha liquidado, transferido o reemplazado esa obligación.

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