CAPÍTULO 1: EL OBJETIVO DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA CON PROPÓSITO GENERAL - [Referencia: párrafos FC1.1 a FC1.48, Fundamentos de las Conclusiones]
CAPÍTULO 2: CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA ÚTIL - [REFERENCIA: PÁRRAFOS FC2.1 A FC2.74, FUNDAMENTOS DE LAS CONCLUSIONES]
CAPÍTULO 3: ESTADOS FINANCIEROS Y LA ENTIDAD QUE INFORMA - [Referencia: párrafos FC3.1 a FC3.26, Fundamentos de las Conclusiones]
CAPÍTULO 4: LOS ELEMENTOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS - [Referencia: párrafos FC4.1 a FC4.97, Fundamentos de las Conclusiones]
CAPÍTULO 5: RECONOCIMIENTO Y BAJA EN CUENTAS - [Referencia: párrafos FC5.1 a FC5.30, Fundamentos de las Conclusiones]
CAPÍTULO 6: MEDICIÓN - [REFERENCIA: PÁRRAFOS FC6.1 A FC6.55, FUNDAMENTOS DE LAS CONCLUSIONES]
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Esencia de los derechos contractuales y obligaciones contractuales

[Referencia: párrafo FC4.88, Fundamentos de las Conclusiones]

4.59

Los términos de un contrato crean derechos y obligaciones para una entidad que sea parte de ese contrato. Para representar esos derechos y obligaciones, los estados financieros informan sobre su esencia (véase el párrafo 2.12). En algunos casos, la esencia de los derechos y obligaciones es clara, a partir de la forma legal del contrato. En otros casos, los términos del contrato, o de un grupo o serie de contratos, requieren un análisis para identificar la esencia de los derechos y obligaciones.

Análisis

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4.60

Se consideran todos los términos en un contrato—de forma explícita o implícita—a menos que carezcan de sustancia. Los términos implícitos podrían incluir, por ejemplo, obligaciones impuestas por ley, tales como obligaciones de garantía legal impuestas a las entidades que celebran contratos para la venta de bienes a clientes.

Análisis

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4.61

Los términos que carecen de sustancia se desestiman. Un término carece de sustancia si no tiene un efecto apreciable sobre los aspectos económicos del contrato. Los términos que carecen de sustancia podrían incluir, por ejemplo:

  1. términos que no obligan a las partes; o
  2. derechos, incluyendo opciones, que el tenedor no tendrá la capacidad práctica de ejercitar.
Análisis

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4.62

Un grupo o serie de contratos puede lograr, o diseñarse para lograr, un efecto comercial global. Para informar de la esencia de estos contratos, puede ser necesario tratar los derechos y obligaciones que surgen de ese grupo o serie de contratos como una unidad de cuenta individual. Por ejemplo, si los derechos u obligaciones en un contrato invalidan simplemente los derechos u obligaciones de otro contrato realizado al mismo tiempo con la misma contraparte, el efecto combinado es que no crea derechos u obligaciones ninguno de los dos contratos. Por el contrario, si un contrato único crea dos o más conjuntos de derechos y obligaciones, que habrían podido ser creados a través de dos o más contratos separados, una entidad puede necesitar contabilizar cada conjunto como si surgiera de contratos separados, con el fin de representar fielmente los derechos y obligaciones (véanse los párrafos 4.48 a 4.55).

Análisis

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