Todas las entidades

13

Deberán revelar las relaciones entre una controladora y sus subsidiarias independientemente de si ha habido transacciones entre ellas. Una entidad revelará el nombre de su controladora y, si fuera diferente, el de la parte controladora última del grupo. Si ni la controladora de la entidad ni la parte controladora última elaborasen estados financieros consolidados disponibles para uso público, se revelará también el nombre de la siguiente controladora más alta que lo haga.

Análisis

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14

Para permitir que los usuarios de los estados financieros se formen una opinión sobre los efectos que las relaciones entre partes relacionadas tienen sobre la entidad, resultará apropiado revelar las relaciones entre partes relacionadas cuando exista control, con independencia de que se hayan producido o no transacciones entre las partes relacionadas.

Análisis

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15

El requerimiento de revelar las relaciones entre partes relacionadas que tienen lugar entre una controladora y sus subsidiarias es adicional a los requerimientos de información a revelar contenidos en la NIC 27 y la NIIF 12 Información a Revelar sobre Participaciones en Otras Entidades.

Análisis

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16

El párrafo 13 hace referencia a la siguiente controladora más alta. Esta es la primera controladora en el grupo por encima de la controladora inmediata que elabora estados financieros consolidados disponibles para uso público.

Análisis

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17

Una entidad revelará las remuneraciones del personal clave de la gerencia en total y para cada una de las siguientes categorías:

[Referencia: párrafos FC7 a FC10, Fundamentos de las Conclusiones]

  1. beneficios a los empleados a corto plazo; 
    [Referencia: párrafos 7 y 8 a 23, NIC 19]
  2. beneficios post-empleo;
    [Referencia: párrafos 7 y 24 a 125, NIC 19]
  3. otros beneficios a largo plazo;
    [Referencia: párrafos 7 y 126 a 131, NIC 19]
  4. beneficios por terminación; y
    [Referencia: párrafos 7 y 132 a 143, NIC 19]
  5. pagos basados en acciones.
    [Referencia: NIIF 2]
Análisis

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17A

Si una entidad obtiene servicios del personal clave de la gerencia de otra entidad (“entidad de gestión”), no se le requerirá que aplique los requerimientos del párrafo 17 a la compensación pagada o por pagar por la entidad de gestión a los empleados o administradores de la entidad de gestión. [Referencia: párrafo 18A y párrafo FC52, Fundamentos de las Conclusiones]

Análisis

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18

Si una entidad ha tenido transacciones con partes relacionadas durante los periodos cubiertos por los estados financieros, ésta revelará la naturaleza de la relación con la parte relacionada, así como informaciónE2 sobre las transacciones y saldos pendientes, incluyendo compromisos necesarios para que los usuarios comprendan el efecto potencial del parentesco sobre los estados financieros. Estos requerimientos de información a revelar son adicionales a los del párrafo 17. Como mínimo, tal información a revelar incluirá:

  1. el importe de las transacciones;
  2. el importe de los saldos pendientes, incluyendo compromisos, y:
    1. sus plazos y condiciones, incluyendo si están garantizados, así como la naturaleza de la contraprestación fijada para su liquidación; y
    2. detalles de cualquier garantía otorgada o recibida;
  3. estimaciones por deudas de dudoso cobro relativas a importes incluidos en los saldos pendientes; y
  4. el gasto reconocido durante el periodo con respecto a las deudas incobrables  y de dudoso cobro, procedentes de partes relacionadas.

E2

[IFRIC® Update, septiembre de 2004, Decisión de Agenda, “NIC 24: Interpretación del término “información” en la NIC 24 párrafo 17″

Se solicitó al CINIIF que complementara la información a revelar mínima del párrafo 17 con respecto a “transacciones y saldos pendientes necesarios para la comprensión del efecto potencial de los parentescos (partes relacionadas) en los estados financieros.” Por ejemplo, se sugirió que una interpretación del párrafo 17 debería requerir específicamente revelar información sobre el propósito y sustancia económica de las transacciones, identidad de las partes relacionadas, extensión de la implicación de la gerencia, riesgos especiales y el efecto de estas transacciones sobre los estados financieros.

El CINIIF acordó no añadir esta cuestión a su agenda, destacando que el IASB, en sus revisiones de la NIC 24 de 2003, debatió la extensión de los requerimientos mínimos de información a revelar específicos y los elementos sugeridos no estaban incluidos. El CINIIF decidió que, debido a consideraciones de política más amplias, esta cuestión podría ser apropiada para analizarse por el Consejo y, quizás, por el Consejo Asesor de Normas.

[Nota:  En noviembre de 2009 el IASB emitió una NIC 24 revisada. En la NIC 24 (2009) revisada el párrafo 18 es aplicable a esta nota a pie de página.]

Análisis

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18A

Se revelarán los importes incurridos por la entidad para la provisión de servicios de personal clave de la gerencia que se presten por una entidad de gestión separada. [Referencia: párrafo 17A]

Análisis

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19

La información a revelar requerida por el párrafo 18 se suministrará, por separado, para cada una de las siguientes categorías:

  1. la controladora;
  2. entidades con control conjunto o influencia significativa sobre la entidad;
  3. subsidiarias;
  4. asociadas;
  5. negocios conjuntos en los que la entidad es un participante en el negocio conjunto;
  6. personal clave de la gerencia de la entidad o de su controladora; y
  7. otras partes relacionadas.
Análisis

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20

La clasificación de los importes de las cuentas por pagar y por cobrar de partes relacionadas, según las diferentes categorías requeridas por el párrafo 19, constituye una extensión de los requerimientos de información a revelar por la NIC 1 Presentación de Estados Financieros para la información presentada en el estado de situación financiera o en las notas. [Referencia: párrafos 70 a 80A, NIC 1] Las categorías se han ampliado con el fin de proporcionar un desglose más completo de los saldos relativos a partes relacionadas, y se aplican a las transacciones con partes relacionadas.

Análisis

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21

Los siguientes son ejemplos de transacciones que se revelan si se han producido con una parte relacionada:

  1. compras o ventas de bienes (terminados o no);
  2. compras o ventas de inmuebles y otros activos;
  3. prestación o recepción de servicios;
  4. arrendamientos;
  5. transferencias de investigación y desarrollo;
  6. transferencias en función de acuerdos sobre licencias;
  7. transferencias realizadas en función de acuerdos de financiación (incluyendo préstamos y aportaciones de patrimonio en efectivo o en especie);
  8. otorgamiento de garantías colaterales y avales;
  9. compromisos de hacer algo si ocurre o no un suceso concreto en el futuro, incluyendo contratos por ejecutar1 (reconocidos y sin reconocer); y [Referencia: párrafo FC49(a), Fundamentos de las Conclusiones]
  10. la liquidación de pasivos en nombre de la entidad, o por la entidad en nombre de esa parte relacionada.
Análisis

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22

La participación de una controladora o de una subsidiaria en un plan de beneficios definidos donde se comparta el riesgo entre las entidades del grupo es una transacción entre partes relacionadas [véase el párrafo 42 de la NIC 19 (modificada en 2011)].

Análisis

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23

Se revelará información de que las transacciones realizadas entre partes relacionadas se han llevado a cabo en condiciones de equivalencia a las de transacciones con independencia mutua entre las partes, sólo si dichas condiciones pueden ser justificadas.

Análisis

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24

Las partidas de naturaleza similar pueden revelarse en total, a menos que su revelación por separado sea necesaria para comprender los efectos de las transacciones entre partes relacionadas en los estados financieros de la entidad.

Análisis

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Nota al pie

1

La NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes define los contratos por ejecutar como aquellos en los que las partes no han cumplido ninguna de sus obligaciones, o en los que ambas partes han ejecutado parcialmente sus obligaciones en igual medida.

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