El objetivo de esta Norma es prescribir:
- cuándo una entidad debería ajustar sus estados financieros por hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa; y[Referencia:párrafos 8 y 9]
- la información a revelar que una entidad debería efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros fueron autorizados para su publicación, [Referencia:párrafos 4 a 6, 17 y 18] así como respecto a los hechos ocurridos después del periodo sobre el que informa
[Referencia:párrafos 19 a 22].
[Referencia:Marco Conceptual párrafo 3.7]
La Norma requiere también que una entidad no debería elaborar sus estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha [Referencia:párrafos 14 a 16] si los hechos ocurridos después del periodo sobre el que informa [Referencia:párrafo 3 (definición de hechos ocurridos después del periodo sobre el que informa)] indican que dicha hipótesis [Referencia:párrafos 25 y 26, NIC 1] no resulta apropiada.