Efectivo y equivalentes al efectivo

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Los equivalentes al efectivo se tienen, más que para propósitos de inversión o similares, para cumplir los compromisos de pago a corto plazo. Para que una inversión financiera pueda ser calificada como equivalente al efectivo debe poder ser fácilmente convertible en una cantidad determinada de efectivo y estar sujeta a un riesgo insignificante de cambios en su valor. Por ello, una inversión normalmente cumple los requisitos de un equivalente al efectivo cuando tiene un periodo de vencimiento corto, digamos, de tres meses o menos desde la fecha de la adquisición.E1 Las inversiones en patrimonio se excluyen de los equivalentes al efectivo a menos que sean, en sustancia, equivalentes al efectivo, por ejemplo en el caso de acciones preferentes adquiridas dentro un corto periodo de tiempo hasta su vencimiento y con una fecha de rescate especificada.E2

E1

[IFRIC® Update, mayo de 2013, Decisión de Agenda, “NIC 7 Estado de Flujos de Efectivo—identificación de los equivalentes al efectivo”

El Comité de Interpretaciones recibió una solicitud sobre la base de clasificación de los activos financieros como equivalentes al efectivo de acuerdo con la NIC 7. Más específicamente, quien envió la solicitud opinaba que la clasificación de las inversiones como equivalentes al efectivo sobre la base del periodo restante de vencimiento en la fecha del balance llevaría a una clasificación más congruente que el punto de referencia actual del vencimiento de la inversión desde su fecha de adquisición.

El Comité de Interpretaciones destacó que, sobre la base del párrafo 7 de la NIC 7, los activos financieros mantenidos como equivalentes al efectivo, se tienen a efectos de cumplir con los compromisos de efectivo a corto plazo en lugar de como inversiones u otros propósitos. Este párrafo señala, además, que una inversión se clasifica como equivalentes al efectivo, solo cuando tiene un vencimiento corto desde la fecha de la adquisición.

El Comité de Interpretaciones observó que el párrafo 7 de la NIC 7 promueve la congruencia entre entidades en la clasificación de equivalentes al efectivo y no pensaba que los requerimientos del párrafo 7 de la NIC 7 estuvieran claros. Sobre la base de lo anterior, el Comité de Interpretaciones determinó que, a la luz de las guías de las NIIF existentes, no era necesaria ni una interpretación ni una modificación a Normas y que no esperaba que se desarrolla diversidad significativa de prácticas con respecto a su aplicación. Por consiguiente, el Comité de Interpretaciones decidió no añadir esta cuestión a su agenda.]

E2

[IFRIC® Update, julio de 2009, Decisión de Agenda, “NIC 7 Estado de Flujos de Efectivo— Determinación de equivalentes al efectivo”

El CINIIF recibió una solicitud de guías sobre si pueden clasificarse como equivalentes al efectivo las inversiones en acciones o en unidades de fondos del mercado monetario que son rescatables en cualquier momento.

El CINIIF destacó que el párrafo 7 de la NIC 7 señala que el propósito de mantener equivalentes al efectivo es cumplir los compromisos de efectivo a corto plazo. En este contexto, los criterios fundamentales en la definición de equivalentes al efectivo establecidos en el párrafo 6 de la NIC 7 son los requerimientos de que los equivalentes al efectivo sean “convertibles a importes de efectivo conocidos” y “sujetos a un riesgo insignificante de cambios en el valor”. El CINIIF destacó que el primer criterio significa que el importe de efectivo que se recibirá debe ser conocido en el momento de la inversión inicial, es decir, las unidades no pueden considerarse equivalentes al efectivo simplemente porque puedan convertirse al precio de mercado en ese momento en un mercado activo. El CINIIF también destacó que una entidad tendría que satisfacer en sí misma que cualquier inversión estuviera sujeta a un riesgo insignificante de cambios en el valor para que pueda clasificarse como equivalente al efectivo.

Dada la guía de la NIC 7, el CINIIF no esperaba diversidad significativa de prácticas porque el propósito de mantener el instrumento y la satisfacción de los criterios deben ser claros en sus términos y condiciones. Por consiguiente, el CINIIF decidió no añadir esta cuestión en su agenda.]

Análisis

Analisis

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Los préstamos bancarios se consideran, en general, como actividades de financiación. En algunos países, sin embargo, los sobregiros exigibles en cualquier momento por el banco forman parte integrante de la gestión del efectivo de la entidad. En tales circunstancias, tales sobregiros se incluyen como componentes del efectivo y equivalentes al efectivo. Una característica de los acuerdos bancarios que regulan los sobregiros u operaciones similares es que el saldo con el banco fluctúa constantemente de deudor a acreedor.E3

E3

[IFRIC® Update, junio de 2018, Decisión de Agenda, “Clasificación de préstamos a corto plazo y líneas de crédito (NIC 7 Estado de Flujos de Efectivo)”

El Comité recibió una solicitud preguntando sobre los tipos de préstamos que una entidad incluye en su estado de flujos de efectivo como un componente de efectivo y equivalentes al efectivo. En la estructura de hechos descrita en la solicitud:

a.  una entidad tiene préstamos a corto plazo y líneas de crédito (acuerdos a corto plazo) que tienen un plazo de notificación contractual corto (por ejemplo 14 días);

b.  la entidad señala que usa los acuerdos a corto plazo para la gestión de tesorería; y

c.  el saldo de los acuerdos a corto plazo, a menudo, no fluctúan de negativo a positivo.

El Comité observó que:

a.  aplicando el párrafo 8 de la NIC 7, una entidad generalmente considera los préstamos bancarios como actividades de financiación. Una entidad, sin embargo, incluye un préstamo bancario como un componente del efectivo y equivalentes al efectivo solo en las circunstancias concretas descritas en el párrafo 8 de la NIC 7—es decir, el acuerdo bancario es un descubierto bancario que (i) es reembolsable de inmediato, y (ii) forma parte integral de la gestión de tesorería de la entidad.

b.  La gestión de tesorería incluye la gestión del efectivo y equivalentes al efectivo a efectos de cumplir los compromisos de efectivo a corto plazo en lugar de para inversiones u otros propósitos (párrafo 7 y 9 de la NIC 7). La evaluación de si un acuerdo bancario es una parte integral de la gestión de tesorería de una entidad es una cuestión de hechos y circunstancias.

c.  Si el saldo de un acuerdo bancario no fluctúa a menudo de negativo a positivo, esto indica que no forma una parte integral de la gestión de tesorería de la entidad, sino que representa una forma de financiación.

En la estructura de hechos descrita en la solicitud, el Comité concluyó que una entidad no incluye los acuerdos a corto plazo como componentes del efectivo y equivalentes al efectivo. Esto es porque los acuerdos a corto plazo no son reembolsables a la vista. Además, el hecho de que el saldo a menudo no fluctúe de negativo a positivo indica que los acuerdos a corto plazo son una forma de financiación en lugar de una parte integral de la gestión de tesorería de la entidad.

El Comité también destacó que los párrafos 45 y 46 de la NIC 7 requieren que una entidad (a) revele los componentes del efectivo y equivalentes al efectivo, presente una conciliación de los importes de su estado de flujos de efectivo con las partidas equivalentes sobre las que se informa en el estado de situación financiera; y (b) revele la política que adopta al determinar la composición del efectivo y los equivalentes al efectivo.

El Comité concluyó que los principios y requerimientos de las Normas NIIF proporcionan una base adecuada para que una entidad evalúe si incluir en su estado de flujos de efectivo los acuerdos a corto plazo descritos en la solicitud como componentes del efectivo y equivalentes al efectivo. Por consiguiente, el Comité de Interpretaciones decidió no añadir este tema a su agenda de emisión de normas.]

Análisis

Analisis

9

Los flujos de efectivo no incluirán ningún movimiento entre las partidas que constituyen el efectivo y equivalentes al efectivo, puesto que estos componentes son parte de la gestión de efectivo de la entidad más que de sus actividades de operación, de inversión o financiación. La gestión del efectivo comprende también la inversión de los sobrantes de efectivo y equivalentes al efectivo.

Análisis

Analisis

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