[IFRIC® Update, agosto de 2005, Decisión de Agenda, “NIC 7 Impuesto sobre el valor agregado”
El CINIIF consideró si debería añadir a su agenda un proyecto para aclarar si los flujos de efectivo presentados de acuerdo con la NIC 7 Estados de Flujos de Efectivo deben medirse con el impuesto sobre el valor agregado (IVA) inclusive o excluido Había evidencia de que pueden surgir prácticas distintas, siendo las diferencias más pronunciadas para las entidades que adoptan el método directo de presentación de los flujos de efectivo.
La NIC 7 no aborda explícitamente el tratamiento del IVA. El CINIIF destacó que sería apropiado, en cumplimiento con la NIC 1 Presentación de Estados Financieros, que las entidades revelen si presentan sus flujos de efectivo con IVA inclusive o excluido.
El CINIIF decidió que no debería desarrollar una Interpretación sobre este tema, porque aunque podrían surgir prácticas diferentes, no se esperaba que fueran generalizadas. El CINIIF recomendará al IASB que el tratamiento del IVA debe considerarse como parte de la revisión de la NIC 7, llevándose a cabo dentro del proyecto de información sobre el rendimiento.]