Disposiciones Transitorias

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Toda entidad que adopte por primera vez esta Norma:

  1. cumplirá con las exigencias contenidas en ella en cuanto a información a revelar, donde sean aplicables; y
  2. una u otra de las siguientes informaciones:
    1. ajustará sus estados financieros por medio de un cambio en as políticas contables, de acuerdo con la NIC 8; [Referencia: párrafos 14 a 31, NIC 8] o

    2. aplicará las disposiciones contables de la Norma solamente a las subvenciones o partes de subvenciones a recibir o reembolsar después de la fecha de vigencia de la misma.

Análisis

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